martes, 15 de diciembre de 2020

Mendoza es la primera provincia en contar con una Ley Oncopediátrica

El Programa Provincial de Cuidado Integral de niñas, niños y adolescentes con cáncer tuvo sanción definitiva por parte del Senado. Fue aprobado por unanimidad.


Durante la sesión de este martes, la Cámara Alta dio aprobación al proyecto por el cual se crea el Programa Provincial de Cuidado Integral de Niños, Niñas y Adolescentes con cáncer, denominada como “Ley de Oncopediatría”, que tiene como objetivo central reducir la morbimortalidad por esta patología en estos pacientes.

Esta propuesta que fuera impulsada por el senador Marcelo Rubio (UCR) y la diputada Cristina Pérez (FdT-PJ) fue analizada en la comisión de Salud de Diputados donde se le hicieron algunas modificaciones que fueron aprobadas.

El proyecto que cuenta con el avala de la Cámara de Diputados, fue aprobado por unanimidad, por lo que pasó al Poder Ejecutivo para su posterior promulgación.

El legislador Rubio priorizó el aporte de la Cámara de Diputados como así también a la de Senadores que acompañaron en forma unánime la propuesta. Además hizo referencia al trabajo de las madres que hicieron valer el proyecto. Resaltó que Mendoza va ser la primera provincia en avalar un proyecto de estas características. «Vamos a aceptar las reformas realizadas por Diputados, hemos podido incorporar el certificado oncológico que permitirá llevar a cabo diferentes trámites. Quiero resaltar el rol que tienen los municipios y los invitamos a que en forma voluntaria puedan participar. Los objetivos de la ley están dados», aclaró.

Luego, el senador Adolfo Bermejo destacó la importancia que la Legislatura de Mendoza, tenga dos Cámaras: la de Senadores y de Diputados que puedan aportar mejoras y revisar propuestas. «Es importante que los municipios participen de manera activa, ya que es la forma en que todos los intendentes de Mendoza estén a la altura de las circunstancias. Nuestro bloque acompaña el pedido de Rubio de votar la propuesta que viene de la Cámara de Diputados. Gracias a todos los que hicieron posible esto», opinó.

«Voy a pedir que la Cámara acompañe lo que viene con modificaciones de la Cámara de Diputados. Es una herramienta más para combatir algo como es el cáncer, a esa maldita enfermedad», indicó Fernando Alin.

Asimismo los senadores Héctor Bonarrico y Leonardo Viñolo celebraron que el Senado avale esta Ley.

Se propone con esta Ley, mejorar la sobrevida global de los pacientes así como su calidad de vida y la de su entorno familiar; aumentar su estancia local sin alterar la calidad de la atención; garantizar equidad al acceso de tratamiento en toda la Provincia y establecer un sistema eficiente de referencia y contrarreferencia que asegure el correcto y oportuno diagnóstico y tratamiento.

Por otra parte, también promueve asegurar la calidad de los servicios médicos para una detección temprana, diagnóstico y tratamiento desde un enfoque de derechos y establecer un sistema de información estratégica que incluya la vigilancia epidemiológica, el monitoreo y la evaluación del programa.

Una de las funciones previstas es elaborar lineamientos programáticos y guías prácticas para la detección, diagnóstico y tratamiento de niños, niñas y adolescentes hasta los 19 años, y gestionar el funcionamiento en la red de los centros médicos que atienden a estos pacientes a nivel provincial, garantizando su seguimiento durante y después de su internación hospitalaria, fortaleciendo el sistema de referencia y contrareferencia de atención médica.

Contempla de igual forma, la capacitación de los equipos de salud, en especial de patólogos, anestesiólogos, paliativistas, psicólogos y trabajadores sociales, sin perjuicio de que luego sean incorporadas otras especialidades médicas.

Otras de las funciones del Programa son establecer un equipo de médicos paliativistas que realicen un abordaje desde el momento de la detección de la enfermedad y durante el tratamiento, a fin de tratar con una perspectiva integral el dolor del paciente;  priorizar las intervenciones quirúrgicas por causas oncológicas respecto a otro tipo de intervenciones, estableciendo criterios específicos a fin de que los tiempos de espera para una práctica de este tipo se reduzcan al menor tiempo posible, y promover la aplicación de guías de prácticas terapéuticas o protocolos, para el tratamiento del cáncer.

En otro orden, dispone que el Programa expedirá un certificado oncológico para pacientes que se encuentren bajo tratamiento, que facilitará la atención psicológica, ayuda económica, transporte y un lugar de pernocte en caso de internaciones largas, incluyendo las licencias que pudieran corresponder según la legislación vigente.

También especifica que los efectores públicos que cubran tratamientos oncopediátricos deberán asistir clínica y administrativamente a los pacientes en busca de solucionar controversia con  Obras  Sociales y las autorizaciones de tratamiento  pertinentes conforme a la norma vigente

Además, el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia, podrá celebrar convenios con los municipios, con el fin de facilitar el traslado, la asistencia psicológica, kinésica y rehabilitación, servicio de sepelio, remodelación de vivienda comprendiendo mano de obra y material, o alquiler de vivienda como así también el suministro de eléctrico y de gas en caso de ser necesario, mientras el paciente lo requiera por su estado de salud, así como toda otra asistencia o ayuda que sea requerida, previa intervención y evaluación de los servicios asistenciales municipales, procurando la recuperación y el tratamiento digno de todo paciente oncopediátrico. Tanto la provincia como el municipio que haya convenido, son garantes de lo establecido.



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